martes, 3 de enero de 2012

Debate: EDAD DE ENTRADA. DEBEN ESPERAR A LA EDAD MÍNIMA O 18/ DA IGUAL LA EDAD DE ENTRADA

 Según la Constitución española, la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, pero en contraposición a ésto, la Agencia Española de Protección de datos de carácter personal, sitúa la edad para el acceso, restricción, modificación o anulación de datos personales en 14 años. ¿ Por qué esta edad y no otra? ¿ Es un niño más responsable del uso que hace de su imágen a los 14 que a los 12 o 16 años?

La edad de entrada a las redes sociales debería ser más controlada por los padres que por las propias redes, ¿Cuándo se considera a un niño realmente maduro para acceder a las redes sociales? Quién mejor que los padres para saber el grado de responsabilidad y madurez de sus hijos. Dicho ésto, nuestra opinión al respecto se posiciona en un punto intermedio, entre edad mínima y libertad de entrada, pues una correcta enseñanza de la Web 2.0, por parte de los padres y educadores evitarían muchos de los problemas actuales relacionados con éste tipo de entornos sociales.

Aunque también entendemos que todo lo prohibido es más atractivo. Así, muchos de los niños a los que se les prohíbe el acceso a las redes sociales, falsifican sus perfiles y con frecuencia, lo ocultan a sus padres.

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